AYUDA MUNICIPAL CUOTA CERO 2018.-
OBJETO: Ayudar a cubrir los gastos que debe asumir en concepto de Seguros sociales una nueva persona autónoma o una trabajadora autónoma que se reincorpore tras el cese de su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela en los dos años siguientes a la fecha de cese, durante los 7 primeros meses de vida de su empresa.
BENEFICIARIOS: Personas emprendedoras que inicien una actividad económica en el término municipal de Ávila, y las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo autónomo tras el cese de su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela en los dos años siguientes a la fecha de cese, que hayan causado alta en el RETA y cumplan con los requisitos generales establecidos en el Anexo de normas específicas correspondiente de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ávila (BOP nº 92, de 15 de mayo de 2018) y en la convocatoria (BOP nº 119 de 21 de Junio de 2018).
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: 300€ por persona beneficiaria.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ávila o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, acompañada de la documentación que se señala en la Convocatoria y de acuerdo a los modelos en ésta establecidos.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: hasta el 01 de Octubre de 2018.
AYUDA MUNICIPAL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE
OBJETO: Establecer ayudas económicas para apoyar y favorecer la estabilidad en el empleo realizada mediante la contratación de nuevo personal con contratos indefinidos o mediante la transformación de contratos temporales en indefinidos.
BENEFICIARIOS: Pymes, micropymes, autónomos, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro, que realicen un proyecto generador de empleo estable, siempre y cuando tengan un centro de trabajo en el municipio de Ávila, estén constituidas y hayan iniciado su actividad con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y cumplan, entre otros, los requisitos generales establecidos en el Anexo de normas específicas correspondiente de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ávila, aprobada por el Pleno Municipal de fecha 8 de Marzo de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila número 92, de fecha 15 de mayo de 2018
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: 2.000 euros por puesto de trabajo indefinido creado a tiempo completo o por cada transformación de contrato temporal en indefinido a tiempo completo, que cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases. Esta cuantía podrá incrementarse en un 25% si la persona contratada pertenece a alguno de los colectivos señalados en la convocatoria, o si la entidad beneficiaria esté en posesión del sello de PYME innovadora o desarrolle su actividad en los sectores señalados en la convocatoria. Cuantía máxima de la subvención con incrementos: 3.000€. Número máximo de contratos subvencionados por entidad: 5.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Ávila o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, acompañada de la documentación que se señala en la Convocatoria y de acuerdo a los modelos en ésta establecidos.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: hasta el 01 de Octubre de 2018.
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