La disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, crea una nueva categoría de consumidor vulnerable con derecho a la percepción del bono social.
Para acreditar dicha condición de consumidor vulnerable, el consumidor debe remitir a un comercializador de referencia, a través de la dirección de correo electrónico que aparezca en su página web, el siguiente modelo de solicitud y declaración responsable, junto con la restante documentación acreditativa:
Modelo de solicitud y declaración responsable [PDF] [384 KB]
Modelo de solicitud y declaración responsable [ODT] [18 KB]
Para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable a los efectos del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, este debe acreditar que el titular del punto de suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias:
Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a:
Estos multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales:
La nueva condición de consumidor vulnerable y, por tanto, el derecho a percibir el bono social, se extinguirá cuando dejen de concurrir las circunstancias referidas, estando obligado el consumidor a comunicar este hecho al comercializador de referencia en el plazo máximo de un mes.
En cualquier caso, la nueva condición de consumidor vulnerable y, por tanto, el derecho a percibir el bono social, se extinguirá con fecha 30 de junio de 2021, sin perjuicio de la posibilidad de acogerse a dicha condición en cualquier momento anterior o posterior a esa fecha al amparo del resto de supuestos previstos en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
Para acreditar la nueva condición de consumidor vulnerable y solicitar la percepción del bono social, el consumidor debe remitir a un comercializador de referencia, a través de la dirección de correo electrónico que aparezca en su página web, el modelo de solicitud y declaración responsable disponible en esta página web, junto con la siguiente documentación acreditativa:
Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Enlace: Nueva categoría de consumidor vulnerable con derecho a la percepción del bono social Real Decreto-ley 30/2020